BONUS  2019  POR PREVENCIÓN Y DISMINUCIÓN DE LA SINIESTRALIDAD LABORAL REGULADO POR EL REAL DECRETO 231/2017

1. ¿Qué es el BONUS?

Es un sistema de reducción de las cotizaciones a la Seguridad Social por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución prevención de la siniestralidad laboral. Es un incentivo a las empresas que cumplan con las normas de prevención de riesgos laborales y además hayan disminuido la siniestralidad laboral.

2. ¿Quién lo puede solicitar y qué requisitos he de cumplir?

Las empresas que hayan cotizado por contingencias profesionales en el período de observación* y contemplen los principios preventivos recogidos en la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales.

Los requisitos para solicitar el bonus son:

  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones de cotización con la Seguridad Social en el momento de la presentación.
  • No haber sido sancionado con más de dos infracciones graves o una muy grave en materia de Seguridad Social o prevención de riesgos laborales.
  • Cumplir los requisitos básicos en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Que la suma de cotizaciones por Contingencias profesionales durante el periodo sea mayor de 5000 € o entre 250€ y 5000€ en el caso de pequeñas empresas.
  • Informar a los delegados de prevención, si los hubiera, de la solicitud del incentivo y de los índices de siniestralidad.

3. ¿Dónde se presenta la solicitud?

Podemos presentar la solicitud en:

  • En la Mutua colaboradora con la Seguridad Social que le cubra las contingencias profesionales.
  • En el caso de tener varios códigos de cuenta de cotización, se debe presentar en la Mutua del CCC principal.
  • Las empresas podrán presentar una solicitud por cada CNAE.

4. ¿Cuál es el importe de los incentivos?

La cantidad establecida es del 5% del total de las cuotas por contingencias profesionales en el período de observación.

Además, las empresas que hayan invertido en acciones de prevención de riesgos laborales pueden optar hasta un 5% adicional del establecido.

5. ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo que nos otorgan para solicitar el Bonus empieza el 15 de abril y finaliza el 31 de mayo.

* El periodo de observación: es el número de ejercicios naturales, consecutivo e inmediatamente anterior al de la solicitud que no hayan formado parte de una solicitud anterior, con un máximo de cuatro.

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