AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA 2018-2019

Plazo de presentación: de 27 de mayo 2019 hasta 14 de junio de 2019

Las subvenciones al alquiler de vivienda se convocaron en el marco de lo dispuesto por el real decreto 106/2018, de 9 de marzo.

Las ayudas aprobadas son de 17.040.00, 00€, distribuidos en:

  • 8.520.000 € para el programa de ayudas al alquiler
  • 8.520.000 € para el programa de ayudas al alquiler para jóvenes

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Pueden solicitar las ayudas al alquiler tanto las familias con escasos medios económicos y jóvenes menores de 35 años.

¿Cuáles son los requisitos más importantes?

  • Ser titular de un contrato de arrendamiento conforme a la LAU.
  • Tener el contrato registrado en la Agencia de vivienda social.
  • La renta mensual de la vivienda ha de ser como máximo 600€ (en casos especiales como el de Madrid 900€).
  • Poseer nacionalidad española o residencia legal en España.
  • No tener viviendas en propiedad.
  • Acreditar los límites máximos de ingresos:

En caso de ayudas para familias y unidades de convivencia con escasos medios económicos operan dos límites de ingresos máximos:

Primero: El límite máximo de ingresos en ningún caso podrá superar 3 veces el IPREM, es decir, los 22.558,77€;   4 IPREM: 30.078,36€, para familias numerosas de categoría general y unidades de convivencia con algún discapacitado; 5 IPREM: 37.597,95€ para familias numerosas de categoría especial y unidades de convivencia con algún discapacitado de los especificados en la Orden de convocatoria.

Segundo: Una vez comprobado que no se supera el límite anterior, hay que tener en cuenta el límite máximo de ingresos de la Unidad de Convivencia (UC) según la composición de la misma: Si la UC está formada por un solo miembro el límite máximo de ingresos sería 1.5 veces el IPREM, es decir, 11.279,39€; Si la UC está formada por dos o más miembros: 1.5  veces el IPREM por la primera persona adulta mas 0.5 veces el IPREM por cada persona adicional.

En caso de ayudas a jóvenes el límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia (IUC) es:

  1.  Menores o iguales 3 veces IPREM (22.558,77€);
  2. Menores o iguales a 4 IPREM (30.078,36€) en caso de familias numerosas de categoría general y unidades de convivencia con discapacitados en grado inferior al 33%;
  3. Menores o iguales a 5 IPREM (37.597,95€) en caso de familias numerosas de categoría especial y unidades de convivencia con discapacitados en grado igual o superior al 33%;
  4. Ingresos mínimos superiores a 0 €.

¿De cuánto es la cuantía de la subvención?

  • Las ayudas para las familias van de 40%-50% de alquiler, con cuantía máxima de alquiler de 900€.
  • Las ayudas para los jóvenes menores de 35 años son del 50 % de alquiler, con cuantía máxima de alquiler de 600€ en caso de Madrid 900€ (30% sobre la parte de entre 601€ a 900€) .

¿Qué documentación tengo que aportar?

  • Solicitud cumplimentada
  • Copia del DNI/NIE
  • Copia del contrato de arrendamiento.
  • Volantes de empadronamiento histórico y colectivo
  • Fotocopia del IRPF del solicitante y de los convivientes o certificado de imputación de rentas
  • Documentación acreditativa en caso de sectores preferentes (víctimas de violencia de género, familia numerosa especial, discapacitados etc.)

Si quieres tramitar su solicitud con el equipo de Asesoría Integral HK puedes contactar con nosotros llamando al 918323758.

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