¿Quién puede solicitar la nacionalidad española?
Son una de las preguntas que recibimos a diario en nuestro despacho, de los clientes que están interesados en adquirir la nacionalidad española.
La nacionalidad se puede obtener de forma originaria, cuando tus padres biológicos o adoptivos son ciudadanos con nacionalidad española, y entre otras modalidades, la que vamos a ver es la nacionalidad por residencia, es decir a instancia de los ciudadanos que resida en España con nacionalidad extranjera.
Lo que nos interesa es saber cómo se puede conseguir la nacionalidad española siendo extranjero, una de las formas y siendo esta la más habitual es la nacionalidad por residencia, la cual exige una residencia de la persona en España durante 10 años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Existen casos en que los periodos de residencia exigidos se reducen, estos son:
Cinco años: Para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
Dos años: Para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
Un año:
- El que haya nacido en territorio español.
- El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
- El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
- En que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
- El viudo o viuda de un ciudadano español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
- El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela. Siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.
Además, el interesado deberá acreditar buena conducta cívica, y suficiente grado de integración en la sociedad española.
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