PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD
Madrid, 20 de Marzo de 2020. Asesoría Huakai.
El gobierno declaró el estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 24 de marzo. En el cual declaraba la suspensión de diversas actividades para intentar evitar el contagio de la epidemia que nos afecta.
Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías. Se suspende cualquier otra actividad o establecimiento que a juicio de la autoridad competente pueda suponer un riesgo de contagio.
Se suspenden las actividades de hostelería y restauración, pudiendo prestarse exclusivamente servicios de entrega a domicilio.
Se suspenden asimismo las verbenas, desfiles y fiestas populares.
Con la publicación del Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo, el gobierno aprobó determinadas ayudas a las empresas y trabajadores que se vieran afectados económicamente, entre ellas la prestación extraordinaria por cese de actividad.
Por lo tanto si su actividad económica se ha visto afectada directamente o indirectamente puede solicitar la prestación por cese de actividad.
- Solicitud de la prestación extraordinaria por ser una de las actividades recogidas en el RD: Los trabajadores autónomos podrán presentar sus solicitudes a partir del 19 de marzo de 2020
- Solicitudes de la prestación extraordinaria por reducción de los ingresos del 75%: Los trabajadores autónomos podrán presentar sus solicitudes a partir del 15 de abril (transcurrido 1 mes desde la declaración del estado de alarma).
Si tiene alguna duda sobre la prestación extraordinaria por cese de actividad no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Destacado
Nuestro Horario
Lunes/Viernes | 9:30 – 14:00 y 15:30 – 19:00 |
91 832 37 58 / 655 30 80 63
Nuestros Servicios
- Constitución de sociedades
- Alta autónomos
- Presentación de impuestos trimestrales y anuales
- Creación de libros de ingresos y gastos
- Presentación de libros y cuentas anuales
- Gestión de trabajadores: ALTAS, BAJAS Y VARIACIONES
- COTIZACIONES: NOMINAS, Seguros sociales…
- Gestión e seguros sociales: aplazamiento de pagos, certificados de empresa, …
- Cursos de formación obligatoria
- Asesoramiento y gestión de préstamos hipotecarios.
- Prestamos ICO’s para nuevas empresas
- Gestiones de vehículos: matriculaciones, transferencia, notificaciones de venta, informes, duplicados y bajas.
- Gestiones para el conductor: renovaciones del carnet de conducir, duplicados, canjes y obtención del permiso de circulación.
- Gestiones ante los Ayuntamientos: autoliquidación y pago de impuestos en todos los Ayuntamientos de España
- Gestiones ante el Registro de Bienes Muebles de todas las provincias.
- Trámites de extranjera
- Legalización de documentos extranjeros
- Recursos alegaciones y asistencias jurídicas