NOVEDADES RENTA 2020

La campaña de la renta y patrimonio de 2020, comenzara el 7 de abril de forma telemática y concluirá el 20 de junio de 2021.

Estarán exento  de presentar la declaración de la renta aquellos contribuyentes que obtengan unos rendimientos brutos del trabajo inferiores a los 14.000€

Tenemos que tener en consideración  los ERTES en los que se han visto incluidos los trabajadores hay que hacer especial mención en dicho apartado. Diferenciando dos posibilidades:

  • Si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores no supera los 1500 euros, no existirá obligación de declarar por IRPF si la suma total de rendimiento del trabajo no supera los 22.000€
  • Si el importe percibido del segundo y restantes supera los 1500€ no existirá obligación de declarar por IRPF su la suma total de rendimientos percibidos en el ejercicio no supera los 14.000€ 

Prestaciones extraordinarias por cese de actividad. 

Los trabajadores autónomos no deberán de incluir esta prestación como ingreso más del trimestre en el modelo 130 del pago fraccionado del IRPF al no ser calificada como rendimiento de actividades económicas. Pero tendrá la consideración de rendimientos del trabajo por lo que se tendrá que declarar en dicho rendimiento.  

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